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Te resumimos todos los pasos que una empresa debe tener en cuenta a la hora de realizar Formación bonificada.

Entidades y organismos que intervienen en la formación bonificada para empresas.👨‍💻

A continuación te explicamos la formación bonificada

📌Cuando una empresa contrata un curso de formación, este es un servicio como cualquier otro.
📌A partir de ahí y una vez realizado el curso y abonado la empresa puede bonificar los importes en sus cargas sociales, pero el curso y la participación del alumno deben reunir una serie de condiciones para ello:
A) Contenidos acordes a lo exigido por Fundae. ✅Nuestros cursos cumplen la normativa.
B) Más del 75% de cuestionarios realizados y el examen final por parte del alumno.
C) Tutores con formación y/o experiencia acreditada
D) Que el curso guarde relación con la actividad. E) La plataforma debe tener acceso a supervisor del SEPE.
F) Horas de conexión que guarden coherencia con la adquisición de conocimientos, es decir, un curso no puede hacerse en 30 minutos…

👨‍💻📌En Learning Galicia S.L cumplimos con todos estos parámetros, a partir de ahí SEPE, puede denegar una bonificación, nosotros ayudamos al cliente con las alegaciones; Fundae puede rechazar la alegación y reclamar al cliente. Luego puede entrar inspección, etc. Nuestro consejo es que si se cumplen todos los pasos para lo cual Learning Galicia siempre guarda la documentación durante 4 años, y la pone a disposición de cliente y entidades que intervienen,  las empresas deben presentar escrito a inspección  para que se archive la causa, exponiendo y presentando todo en cada delegación de la provincia en cuestión. Otro camino es que la empresa devuelva los importes bonificados en su día, cosa que …valga la redundancia, si se cumple todo lo mencionado anteriormente no vemos lógica ni normal. 🤷‍♂️Ya sabéis.. estamos para ayudar al cliente siempre.✅.

Otros factores a tener en cuenta:

  1. Cuando la empresa recibe un requerimiento de este tipo, el mismo debe venir firmado, o con membrete de ministerio, en ocasiones puede tratarse de algún fraude.
  2. Si se trata de una carta recibida de inspección, es importante saber que con anterioridad a esto la empresa debe haber recibido requerimiento de Fundae ya que de lo contrario dicha reclamación sería nula, puesto que el cliente no fue notificado como es debido.
  3. Si se tiene seguridad y la documentación que contrarreste los puntos que reclame inspección, la empresa puede optar por realizar su defensa en el momento oportuno, cuando se habra expediente sancionador.
  4. Es importante que la empresa entienda y sea conocedora que si decide presentar recurso de alzada en su defensa y finalmente el expediente acabase en una resolución no favorable para la misma, todo esto conllevará intereses y gastos.
  5. Learning Galicia S.L así como todos los centros impartidoras y organizadores de Formación programada para empresas custodian y tienen la obligación de disponer  en archivo toda la documentación de cada curso realizado durante 4 años. (Puede la empresa solicitar dicha documentación para realizar su defensa en cualquier momento que así lo desee)

 

Para cualquier duda no dudes en contactar con nosotros

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